* Ha tomado atribuciones que no le otorga la ley orgánica, ni ninguna otra No tiene facultades para interpretar la ley o para hace modificaciones Al hacerlo, violan la Ley Orgánica y están sujetos a las consecuenciasPor Miguel Ángel Cristiani G.
La Junta de Gobierno de la Universidad Veracruzana, ha venido tomándose atribuciones que no le otorga la Ley Orgánica ni ninguna otra; la Junta, no tiene facultades para interpretar la ley o para hace modificaciones, o dispensar requisitos por votación pues, al hacerlo, violan la Ley Orgánica y están sujetos a las consecuencias que marca la ley como para todo ciudadano.
8El ser miembro de la Junta no es un “escudo” contra ello y cualquier miembro de la comunidad puede hacer una denuncia ante las autoridades correspondientes.
Lo grave, es que estos desaciertos no se dan por ignorancia, como ocurrió con el mismo comunicado en que se informa de la designación de Juan Ortiz Escamilla como Secretario Académico ( https://www.uv.mx/juntagob/files/2022/10/ALA-COMUNIDAD-UNIVERSITARIA.pdf ) y donde Junta reconoció públicamente que violó la Ley Orgánica, al señalar en el mismo que “…En el proceso de verificar los requisitos contra los documentos comprobatorios recibidos, se reparó que el único integrante que no cumplía con un requisito era el doctor Juan Ortiz Escamilla … sin embargo, se encontraba desempeñándose como funcionario universitario.”
¿Sin embargo? Sin embargo, hubiera dado lo mismo que se encontrara haciendo cualquier otra cosa; esto no tiene nada que ver con el punto en cuestión: el no cumplimiento del requisito.
Reconocen, nuevamente, que fueron omisos en el la observancia de la ¡Ley Orgánica y entonces recurrieron a una Ley secundaria!, es decir a una ley que no puede contravenir lo establecido por una ley superior como la Ley Orgánica de la Universidad Veracruzana.
“…si bien es la Ley Orgánica el documento superior en el orden de prelación jurídica que nos rige, apunta a una controversia o incongruencia legal, al mismo tiempo que apunta a una realidad que los diferentes intentos de reforma a dicha ley han tratado de resolver, pero que para avanzar en materia de discriminación y derechos humanos, se ha recurrido a la legislación secundaria…”
Bajo ningún motivo puede aplicarse una Ley secundaria para sustituir lo establecido en la Ley Orgánica. Si se quiere avanzar en materia de Derechos Humanos, o cualquier otra, debe hacerse de acuerdo con la Ley; es decir, enviando la propuesta de modificación para consideración del H. Congreso del Estado. ¿Y qué ocurre con los Derechos Humanos de quienes sí cumplen con los requisitos legales? ¿Acaso no es un insulto a los miles de académicos universitarios sugiriendo que ninguno tiene la capacidad necesaria y por ello debe recurrir a violentar la Ley Orgánica? En caso que la ley actual “apunta a una controversia o incongruencia legal”, no es la junta quien debe resolverlo, sino una autoridad competente.
Sustituyeron por votación, omitir la observancia de lo que la Ley Orgánica manda, según en el mismo comunicado reconocen.
“En conclusión, después de una deliberación ardua, en cumplimiento del respeto a los derechos humanos y al principio de progresividad, entendido como un principio que impulse el fortalecimiento del ejercicio de los derechos humanos y no su regresividad, lo que nos llevaría a configurar discriminación por edad, se sometió a votación la permanencia del Dr. Juan Ortiz Escamilla en la terna para ocupar el cargo de titular de la Secretaría Académica, aprobándose en la segunda votación por mayoría de votos.”
“el doctor Ortiz Escamilla cuenta con un CV sobresaliente, distinciones importantes y reconocimientos nacionales e internacionales que se traducen en su reconocida honorabilidad y el respeto de sus pares; además, cuenta con extensas publicaciones en editoriales importantes, así como probada experiencia de los procesos académicos y administrativos que, en estos momentos, hacen que en él concurran la visión y la experiencia necesarias para impulsar y consolidar la importante función de la Secretaría Académica de nuestra Universidad.”
Existen muchos académicos con currículum comparable en nuestra universidad; ¿acaso esos currículums son suficiente justificación para no garantizar la observancia de la Ley?
¿Dónde está la Contraloría?
¿Acaso la Contraloría de la Junta de Gobierno realizó una auditoría al proceso de designación del Secretario Académico?
Resulta difícil de comprender que entre todas las brillantes mentes universitarias, entre las que se cuenta con una Facultad de Derecho y un Instituto de Investigaciones Jurídicas, nadie les haya explicado a los miembros de la Junta que:
1. La función de la Junta es verificar la legalidad del proceso; verificar que los candidatos propuestos a los diversos cargos universitarios cumplan cabalmente con lo establecido en la Ley.
2. La Junta, no tiene facultades para interpretar leyes o dar “dispensas” de ningún tipo.
3. Si la junta desea avanzar en cualquier materia, debe enviarse una propuesta de modificación al H. Congreso del Estado y sea ahí aprobada para su aplicación.
4. Quienes no cumplan con ello, estarán sujetos a lo dispuesto por las leyes del estado y del país.
Está próxima ya la emisión de la convocatoria para la elección de Rector o Rectora de la Universidad Veracruzana. La comunidad universitaria debe estar atenta si la Junta de Gobierno insiste en tomarse atribuciones que por ley no tiene, para “dispensar” el requisito de la edad o cualquier otro, por mera votación. Y si este es el caso, ningún aspirante debería registrarse siquiera para el próximo proceso; deberían dejar que el proceso sea de uno solo -que no cumple los requisitos de Ley- y esperar que, posiblemente, esto tenga las consecuencias que marca la ley.
Por transparencia, debería hacerse público el compromiso de todos y cada uno de los miembros de la Junta de Gobierno ante los universitarios y ante la sociedad, de cumplir cabalmente con aquello a lo que están obligados.
Es necesario que lo manifiesten públicamente y por escrito.
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